| De los Campeones Nacionales | |
| ARTº 1 REPRESENTATIVIDAD INTERNACIONAL | |
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1 .- Los derechos de representación internacional para Campeonatos de Europa y del Mundo se lograrán mediante los resultados obtenidos por los deportistas en las Competiciones Nacionales y/o Campeonatos de España. |
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2 .- Este derecho a la internacionalidad vendrá determinado de acuerdo a los criterios establecidos por el "Comité Técnico de la R.F.E.B." , criterios expuestos en las "Normas de designación para la Representación Internacional" (página web de Federación Española). |
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| ARTº 2 BECAS POR RENDIMIENTO EN PRUEBAS NACIONALES/INTERNACIONALES | |
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1 .- Con independencia de los premios establecidos en las convocatorias de las distintas pruebas nacionales e internacionales, la R.F.E.B., establece unas becas adicionales cuyos requisitos para su obtención, e importe de las mismas, se contemplan en la "Normativa de Becas a deportistas de la RFEB" (página web de Federación Española). |
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