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Normas de Designación
para Representación Oficial a Pruebas Internacionales de la RFEB. |
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Las normas de representación internacional que
a continuación se detallan, son las vigentes para la temporada
deportiva 2007-2008 son susceptibles de variación, en tanto en
cuanto puedan variar los presupuestos de la R.F.E.B. |
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ESPECIALIDAD
TRES BANDAS |
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Campeonatos de Europa
y del Mundo Individuales. |
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La designación de los representantes de la RFEB
para los Campeonatos de Europa y Mundo de carácter individual,
recaerá en aquellos jugadores que cumplan los siguientes requisitos:
1.-La marca mínima exigible será de 1,200 de promedio general.
2.-En primer lugar, la selección recaerá sobre el Campeón de España de la temporada actual, con obtención de marca en dicha prueba.
3.-De existir la opción de un segundo jugador, la selección recaerá sobre el subcampeón de España de la temporada actual, con obtención de marca en dicha prueba
4.-De no alcanzar estos jugadores la marca en el Campeonato de España, serán igualmente seleccionables, si en la temporada anterior la hubieran obtenido, según se contempla en los los puntos 1, 5, 6 y 7.
5.-Se podrá optar a conseguir la marca indicada, mediante el cómputo de las 3 mejores marcas conseguidas a lo largo del circuito del Gran Premio de España, considerándose válidas aquellas, en las que al menos hubieran disputado tres partidos.
6.-Será condición indispensable que, al menos, en una de las pruebas disputadas se hubiese alcanzado clasificación de podio.
7.-Haber quedado clasificado al término de la última prueba del Gran Premio, entre los 8 primeros.
8.-De quedar desierta la selección de uno, o de ambos jugadores, serán jugadores que optarán a la representación internacional aquellos otros que al término de la temporada anterior reuniesen las condiciones expuestas en los puntos 1,5, 6 y 7.
9.-En el supuesto de que para la designación de representación, no existiese ningún jugador que reuniese los requisitos expuestos, el Comité Técnico de la RFEB, designará la representación a solicitud del Presidente de la RFEB. En las designaciones para competiciones Junior y Femeninos, la designación recaerá en la Dirección Técnica, tomando en consideración como base los Campeonatos de España y de Europa correspondientes.
10.-En aquellos casos en que se diera una manifiesta falta de forma o desinterés por las instrucciones y participación de los “programas oficiales”, el jugador o jugadores afectados podrán ser excluidos del derecho de representación que pudieran haber adquirido, por la Junta Directiva de la RFEB a propuesta del Director Técnico. |
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Participación en Copa de Europa por Equipos de Clubes. |
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Será condición indispensable para la inscripción de un equipo en la Copa de Europa que su alineación esté formada por:
a) Aquellos jugadores que hubieran participado activamente en la clasificación de su equipo, habiendo jugado una cantidad de partidos superior al 50 % del total de encuentros de que consta la Liga de Honor, y que por consiguiente hubieran participado en al menos en dos de sus tres fases, ello, con independencia del promedio que estos jugadores hubieran obtenido en la prueba.
b) Aquellos otros que sin haber llegado a disputar el número de partidos indicados en el apartado a), hubiesen obtenido un promedio general por encima del 1,100 del total de encuentros jugados y, siempre que el número mínimo de estos partidos en que participó, hubiera sido mayor de tres.
c) Si tras la aplicación de los apartados a) y b), no fuera posible llegar a reunir el número de jugadores necesarios para completar el equipo, se permitirá la incorporación de otros jugadores que habiendo participado en la División de Honor (con el mínimo de 3 partidos indicados), y hubieran obtenido un promedio general superior al 1,150, o bien, aquellos que habiendo jugado el Circuito Nacional de la temporada anterior, hubieran alcanzado el promedio de 1,150 indicado, en el conjunto de las 3 mejores pruebas en que participó.
d) Aquellos jugadores comunitarios que sin haber participado en competiciones españolas, por su imposibilidad de hacerlo, tuvieran acreditado, manifiestamente, un promedio general superior al 1,200.
e) Ante la imposibilidad de que el Campeón o el Subcampeón de Liga no pudieran cumplir con los requisitos apuntados, la oferta de inscripción en el Europeo será hecha a los equipos que alcanzaron podio con Medallas de Bronce.
f) De no darse las condiciones de designación indicadas, Federación Española, dejará sin efecto la inscripción de los clubes españoles en la Copa de Europa de Clubes. |
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Campeonatos de Europa y del Mundo por Equipos Nacionales. |
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1.- Los 2 jugadores que habrán de formar parte del equipo español que represente a nuestro País en los Campeonatos de Europa y del Mundo, serán designados por el Comité Técnico de Federación Española, en atención al mejor estado de forma en que cada jugador pueda encontrarse en el momento de realizar la selección y a los criterios del comité.
2.- En las competiciones internaciones por equipos, en la que los jugadores designados acuden a afrontar estas competiciones con los gastos de alojamiento, transporte, etc. sufragados por Federación Española y, que así mismo, Federación, a través del CSD, premia los resultados que se obtienen en dichas competiciones, se establece que:
Los premios en metálico que los equipos puedan obtener por sus clasificaciones, son incompatibles con los que se obtienen a través del CSD.
En consecuencia, el importe de los premios obtenidos por las distintas selecciones, se destinarán a compensar a Federación Española por el gasto producido y, caso de quedar sobrante, éste, pueda destinarse a la concesión de primas a los jugadores por la consecución de medallas o diplomas.
Será de obligada aceptación por parte de los jugadores, la designación de éstos por Federación Española para componer las distintas selecciones.
Las competiciones a que afectan lo indicado anteriormente, son:
-Campeonato del Mundo de Tres Bandas.
-Campeonato del Mundo de Triatlón.
-Campeonato del Mundo WPA.
-Campeonato de Europa de Tres Bandas.
Todo ello, como ya se ha indicado, referido a los Campeonatos por Equipos Nacionales, no afectando dicha normativa a las pruebas internacionales de carácter individual, acuerdo adoptado en la pasada Asamblea. |
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Circuito Mundial III
Bandas (Copa del Mundo) |
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1.-Serán seleccionables para estas competiciones, los dos primeros jugadores del Gran Premio de España que hubieran reunido, en la temporada anterior, los requisitos contemplados en los puntos 1, 5, 6 y 7 para las pruebas individuales.
2.-No obstante, tendrán preferencia sobre estos jugadores aquellos otros que se encontrasen clasificados entre los 8 primeros puestos del Ranking Mundial. |
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ESPECIALIDADES
CLÁSICAS |
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Los derechos de representación internacional a pruebas oficiales del calendario deportivo de la Real Federación Española de Billar, se obtienen mediante los resultados en las competiciones nacionales y Campeonatos de España, y están sujetos a la obtención de marcas mínimas. Las citadas marcas son así mismo válidas si se obtienen en los Campeonatos de Europa o del Mundo.
A estos efectos a continuación se indican las marcas correspondientes que de alcanzarse y alcanzando Podium en el Campeonato de España determina la participación en los Campeonatos de Europa y del Mundo con un máximo de dos plazas. |
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NORMAS DE DESIGNACIÓN
WILCARD
Competiciones Europeas y Mundiales
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La designación recaerá, en primer lugar, sobre el Campeón de España de la temporada anterior de la especialidad de que se trate, siempre y cuanto en dicho campeonato o en cualquier otro de rango superior, igualmente de la temporada anterior, hubiera obtenido la marca mínima exigida por Federación Española, debiendo haber disputado para ello un mínimo de tres partidos.
De no darse las condiciones, la designación se retrotraerá a la del Subcampeón y, si fuera necesario a la del tercer clasificado, manteniéndose la necesidad de tener acreditada la marca exigida.
De no darse en ninguno de los tres jugadores indicados los requisitos apuntados, la designación volverá a recaer definitivamente sobre el Campeón de España.
La designación deberá ser refrendada, en última instancia, por el Presidente de la RFEB.
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ESPECIALIDADES
POOL |
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Los derechos de representación internacional a pruebas oficiales del calendario deportivo de la Real Federación Española de Billar, se obtienen mediante los resultados en las competiciones nacionales y Campeonatos de España, y están sujetos a la designación del Comité técnico o a la obtención del derecho en la prueba en que se designe del calendario nacional y que explicita el mismo en la convocatoria de la misma.
El Comité Técnico podrá designar jugadores que por el interés de mantener una participación regular en los circuitos internacionales crea conveniente discerniendo en función de criterios deportivos y de currículo. |
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Confrontaciones Internacionales
Senior No Oficiales |
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Los seleccionados para éstas pruebas, serán a criterio del Comité Técnico teniendo en cuenta diversos factores de promoción, calidad, medias generales, interés determinado, etc. |
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Otras Normas Generales
de Aplicación |
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-En caso necesario se designaran jugadores reservas, estas designaciones serán realizadas por el Comité Técnico en función de los intereses generales de la federación.
-La representación oficial en los Campeonatos oficiales Junior, se realizará con jugadores de la categoría Sub 21.
-La participación en los programas de futuras selecciones será determinada por la Dirección Técnica. |
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Confrontaciones Bilaterales
Junior |
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Campeón de España en todos los casos, y el resto de jugadores, por designación del Comité Técnico. |
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Confrontaciones de
la Selección Española Senior |
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Estará compuesta por el Campeón de España y los tres primeros jugadores del ranking nacional. El orden de fuerza para el desarrollo de la competición, será designado por el Comité Técnico.
Cualquier eventualidad no prevista en la presente circular, será resuelta por el Comité permanente de la Junta Directiva a propuesta razonada del Comité Técnico. |
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